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	<title>Visas Temporales del Trabajo Archives - Ship Immigration</title>
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	<description>Nashville Immigration Lawyers</description>
	<lastBuildDate>Wed, 12 Aug 2015 18:17:48 +0000</lastBuildDate>
	<language>es</language>
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		<title>E-1 y E-2 Visas de Tratado</title>
		<link>https://www.shipimmigration.com/es/e-1-y-e-2-visas-de-tratado/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Rose Hernandez]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 12 Aug 2015 16:08:54 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Visas Temporales del Trabajo]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Con los años, los Estados Unidos ha ejecutado acuerdos de inversión bilateral y comercial con algunos países extranjeros. Estos acuerdos (tratados) están diseñados para facilitar las oportunidades de inversión y...<a href="https://www.shipimmigration.com/es/e-1-y-e-2-visas-de-tratado/" title="E-1 y E-2 Visas de Tratado">read on <i class="fa fa-chevron-circle-right"></i></a></p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Con los años, los Estados Unidos ha ejecutado acuerdos de inversión bilateral y comercial con algunos países extranjeros. Estos acuerdos (tratados) están diseñados para facilitar las oportunidades de inversión y las relaciones comerciales mutuas. De igual importancia, estos acuerdos permiten a los ciudadanos de esos países, incluyendo a los propietarios de negocios, gerentes / ejecutivos y ciertos empleados clave, a solicitar visas de empleo autorizadas y a trabajar en los Estados Unidos para dirigir y / o desarrollar sus inversiones o comercio. Los cónyuges de personas con E-2 visas son elegibles para solicitar la autorización de empleo después de llegar a los Estados Unidos. La duración de visa depende de la nacionalidad en particular y no hay límites en el número máximo de extensiones de visa, sujeto a ciertas limitaciones.</p>
<h2>A. E-1 Visa de Comerciante</h2>
<p>Ciertos extranjeros que participan en el comercio internacional con los Estados Unidos pueden calificar para la visa E-1 comerciante de tratado. El volumen de ese comercio debe ser suficiente para justificar el comerciante o su / su empleado (s) de estar en los Estados Unidos para gestionar el comercio, y debe constituir la mayoría del comercio internacional del comerciante (es decir, al menos el 50% de las exportaciones / importaciones del comerciante deben ser a o desde los EE.UU.). No hay un nivel de comercio mínimo que se considera suficiente.</p>
<h2>B. E-2 Visa de Inversionista</h2>
<p>Los inversores extranjeros, incluyendo las pequeñas nuevas empresas y las grandes empresas multinacionales por igual, y sus empleados clave, pueden calificar para la visa E-2 de inversores de tratado. La inversión debe ser en una entidad comercial activa y puede ser establecida por la compra de un bien existente o la creación de un nuevo negocio. La inversión debe estar comprometida irrevocablemente (los fondos hay que estar en riesgo), sustancial (cumplir con un criterio de proporcionalidad, en comparación con el valor total del negocio) y no marginal (ingresos de inversión deben ser suficientes). No hay una cantidad mínima preestablecida requerida para la inversión para una aplicación de visa E-2 con éxito. El monto de la inversión real depende del tipo específico de la inversión.</p>
<h2>C. E-3 Visa de Ocupación Especial para Australianos Nacionales</h2>
<p>La clasificación E-3 sólo aplica a los ciudadanos de Australia que tienen ofertas de trabajo de empresas de Estados Unidos para trabajar en ocupaciones especializadas.  Por ejemplo, una ocupación que requiere la aplicación teórica y práctica de una área de conocimiento profesional y al menos la consecución de un título de licenciatura o su equivalente, como mínimo para entrar en la ocupación en los Estados Unidos.</p>
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		<item>
		<title>H-1B Visa de Ocupación Especializada</title>
		<link>https://www.shipimmigration.com/es/h-1b-visa-de-ocupacion-especializada/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Rose Hernandez]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 12 Aug 2015 15:43:05 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Visas Temporales del Trabajo]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La visa H-1B es una de las visas de trabajo temporales que se observa con mayor frecuencia en el campo de inmigración a Estados Unidos. Esta clasificación normalmente se aplica...<a href="https://www.shipimmigration.com/es/h-1b-visa-de-ocupacion-especializada/" title="H-1B Visa de Ocupación Especializada">read on <i class="fa fa-chevron-circle-right"></i></a></p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La visa H-1B es una de las visas de trabajo temporales que se observa con mayor frecuencia en el campo de inmigración a Estados Unidos. Esta clasificación normalmente se aplica a los trabajadores profesionales extranjeros que trabajan en ocupaciones especializadas. También se aplica a los trabajadores extranjeros que prestan servicios de mérito excepcional y la capacidad en relación con un Departamento de Defensa (DOD) de investigación cooperativa y desarrollo de proyectos, así como servicios de distinguido mérito o capacidad. Miembros de la familia de un trabajador H-1B califican para la clasificación H-4. H-4 miembros de la familia por lo general no están autorizados a trabajar en los EE.UU.  Sin embargo, H-4 esposos de algunos trabajadores H-1B que hayan empezado sus casos de residencia permanente basados en empleo son elegibles para autorización para trabajar.</p>
<h2>A. H-1B Ocupación Especializada</h2>
<p>Una ocupación especializada es una posición que </p>
<ol>
<strong>1)</strong> por lo general requiere una licenciatura o título superior como requisito mínimo para entrar a trabajar en esa ocupación,<br />
<strong>2)</strong> el requisito de título para el trabajo es común a la industria, o el trabajo es tan complejo o único que puede ser realizado solamente por un individuo con un título,<br />
<strong>3)</strong> el empleador por lo general requiere un título o su equivalente para el puesto, o<br />
<strong>4)</strong> el trabajo es tan especializado o complejo que los conocimientos necesarios para realizar el trabajo se asocia generalmente con el logro de una licenciatura o título superior. </ol>
<p>Para calificar para la clasificación H-1B, el trabajador extranjero debe poseer una licenciatura o título superior (o equivalente del extranjero) o poseer un cierto nivel de educación, entrenamiento y/o experiencia con responsabilidad progresiva en su especialidad que es equivalente a la realización de un tal título. Las empresas que deseen contratar trabajadores H-1B deben obtener, además, una Solicitud de Condición Laboral aprobada por el Departamento de Labor federal y se comprometan a cumplir con cierto salario, condiciones de trabajo, publicación, y los requisitos de divulgación pública. En ciertas situaciones, los empleadores también pueden ser obligados a ofrecer a pagar el transporte de regreso para el trabajador H-1B a su país de origen. </p>
<p>Trabajadores H-1B generalmente son admitidos por un período máximo de tres años.  Se puede extender el estatus hasta por un total de seis años. En ciertas situaciones, se puede extender el estatus H-1B más allá de seis años si el empleador ha archivado un caso de la residencia permanente para el trabajador.  Ciertas posiciones H-1B están sujetos a un &#8220;tope&#8221; numérica anual de 65.000.  Hay una cantidad adicional de 20.000 números de H-1B específicamente reservados para extranjeros que tienen título de maestría de Estados Unidos.  Sin embargo, no todos los trabajadores H-1B están sujetos a esta limitación numérica. Por ejemplo, los empleados que están actualmente en estatus H-1B y solamente se están cambiando de empleador, no de estatus, no son nuevamente sujetos al tope de números H-1B.  Además, los trabajadores H-1B que se emplearán en una institución de educación superior, o una organización sin fines de lucro afiliada a la investigación, o de una organización de investigación del gobierno, no están sujetos a este límite numérico.</p>
<h2>B. H-1B2 Trabajador de Investigación y Desarrollo para el Departamento de Defensa</h2>
<p>Esta clasificación es para los trabajadores que se dedican a proyector de investigación cooperativa o de desarrollo o un proyecto de coproducción en virtud de un acuerdo de gobierno administrado por el Departamento de Defensa de Estados Unidos. La posición también debe requerir una licenciatura o un título superior o su equivalente para realizar las actividades de trabajo. El empleador estadounidense no está obligado a presentar una Solicitud de Condición de Trabajo con el Departamento de Labor federal para este tipo de visa.</p>
<h2>C. H-1B3 Modelo</h2>
<p>A diferencia del típico trabajador H-1B, los modelos de moda H-1B3 no están obligados a poseer un título de licenciatura o su equivalente. Sin embargo, el trabajador debe ser un modelo de moda de distinguido mérito y capacidad y el puesto de trabajo debe requerir un modelo de moda de prominencia. El empleador estadounidense debe obtener una Solicitud de Condición Laboral aprobada para solicitar modelos de moda.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Visa H-3 para Aprendices</title>
		<link>https://www.shipimmigration.com/es/visa-h-3-para-aprendices/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Rose Hernandez]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 12 Aug 2015 13:43:53 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Visas Temporales del Trabajo]]></category>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>La visa H-3 es para las personas que recibirán capacitación en casi cualquier área, con la excepción de la educación médica de postgrado o de entrenamiento, que no está disponible en el país de origen del extranjero. El empresario estadounidense u organización que proporciona el entrenamiento deben demostrar que 1) el entrenamiento no está disponible en el propio país del extranjero, 2) que él o ella no va a ser colocados en una posición de trabajo normal en el que se emplean típicamente los trabajadores estadounidenses, 3) él o ella no va a participar en el empleo productivo a menos que tal empleo es incidental y necesario para el entrenamiento; y 4) el entrenamiento se beneficiará el beneficiario en su desarrollo de la carrera en el extranjero. Casos de visas H-3 en prácticas deben incluir un programa de entrenamiento detallado. H-3 entrenamiento puede ser aprobado para un máximo de dos años. Miembros de la familia pueden acompañar al alumno a los EE.UU. en estatus H-4, pero no se les permite trabajar.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Visa I Para Representantes de Los Medios de Comunicación Exteriores</title>
		<link>https://www.shipimmigration.com/es/visa-i-para-representantes-de-los-medios-de-comunicacion-exteriores/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Rose Hernandez]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 12 Aug 2015 12:44:41 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Visas Temporales del Trabajo]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Representantes extranjeros de los medios de comunicación, que se emplean en la prensa, la radio, el cine, o de otros medios de información extranjera, y que vienen a Estados Unidos...<a href="https://www.shipimmigration.com/es/visa-i-para-representantes-de-los-medios-de-comunicacion-exteriores/" title="Visa I Para Representantes de Los Medios de Comunicación Exteriores">read on <i class="fa fa-chevron-circle-right"></i></a></p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Representantes extranjeros de los medios de comunicación, que se emplean en la prensa, la radio, el cine, o de otros medios de información extranjera, y que vienen a Estados Unidos para trabajar como representantes de los medios pueden calificar para una visa I. El representante de los medios debe seguir manteniendo una oficina base en su país extranjero. Ocupaciones típicas representadas en esta categoría incluyen a periodistas, equipos de filmación, y editores de cine. Los cónyuges de titular de la visa pueden acompañar al individuo a los EE.UU., pero no son elegibles para solicitar la autorización de empleo.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Visa J-1 Para Visitantes de Intercambio</title>
		<link>https://www.shipimmigration.com/es/visa-j-1-para-visitantes-de-intercambio/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Rose Hernandez]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 11 Aug 2015 22:50:01 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Visas Temporales del Trabajo]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>J-1 visas son para los individuos que participarán en programas de intercambio del trabajo o del estudio. Los programas son específicamente designados por el Departamento de Estado de EE.UU. con...<a href="https://www.shipimmigration.com/es/visa-j-1-para-visitantes-de-intercambio/" title="Visa J-1 Para Visitantes de Intercambio">read on <i class="fa fa-chevron-circle-right"></i></a></p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>J-1 visas son para los individuos que participarán en programas de intercambio del trabajo o del estudio. Los programas son específicamente designados por el Departamento de Estado de EE.UU. con su Oficina de Asuntos Consulares. La categoría de visa J-1 es extremadamente versátil e incluye programas variadas desde para niñeras hasta para médicos.</p>
<h2>A. Niñera</h2>
<p>Los extranjeros, de edades entre 18 a 26, pueden llegar a los Estado Unidos a vivir con familias y prestarles servicios de cuidado de niños. Esta es una experiencia mutuamente beneficiosa para ambas partes, ya desde el extranjero llega a experimentar el estilo de vida americano, mientras que las familias reciben servicio de cuidado infantil confiable y responsable de las personas que se convierten en una parte de la familia.</p>
<h2>B. Consejero de Campamento</h2>
<p>Estudiantes post-secundarios, trabajadores jóvenes y profesores pueden solicitar la visa J-1 para trabajar como consejeros de campamento y compartir su perspectiva cultural con nuestra juventud.</p>
<h2>C. Entrenamiento y aprendizaje</h2>
<p>Programas de práctica y entrenamiento son para estudiantes extranjeros o recién graduados para venir a los Estados Unidos para tener experiencia con la cultura de Estados Unidos y recibir experiencia práctica en negocios de Estados Unidos en su área particular.</p>
<h2>D. Trabajos de verano y los viajes</h2>
<p>Los estudiantes universitarios viajan a los Estados Unidos durante sus períodos de descanso de verano para compartir su cultura a través de las oportunidades de trabajo y los viajes temporales.</p>
<h2>E. Profesores</h2>
<p>Profesores extranjeros pueden solicitar visas J-1 para enseñar en las escuelas acreditadas primarias y secundarias en los Estados Unidos.</p>
<h2>F. Los profesores y becarios de investigación</h2>
<p>Profesores e investigadores vienen a los Estados Unidos para consultar, dar conferencias, y realizar investigaciones en diversas instituciones de investigación, instituciones postsecundarios académicas acreditadas o tipos similares de instituciones.</p>
<h2>G. Estudiantes de Universidad</h2>
<p>Los estudiantes extranjeros también pueden solicitar visas J-1 para estudiar en universidades de los Estados Unidos, o participar en programas de práctica que les proporcionan el entrenamiento necesario para completar requisitos educativos en sus países de origen.</p>
<h2>H. Graduados médicos extranjeros</h2>
<p>Las personas con títulos médicos del extranjero y médicos extranjeros pueden participar en programas de educación médica y de entrenamiento en las escuelas de medicina acreditadas estadounidenses.</p>
<p>Algunos solicitantes para la visa J-1 pueden estar sujetos al requisito de pasar por lo menos dos años viviendo en su país de origen después de que se vence su plazo permitido de la visa J. Este requisito aplica a todos los que graduaron de la escuela de medicina en el extranjero, así como a los solicitantes cuyos programas fueron financiados total o parcialmente con fondos del gobierno de los Estados Unidos o del gobierno de su país de origen, y a los ciudadanos o residentes permanentes de un país que ha determinado que la área de conocimiento especializado o la habilidad del solicitante es necesario para el desarrollo del país. Las áreas específicas, aplicables a diferentes nacionalidades, se muestran en la Lista de Habilidades para Visitantes de Intercambio del Departamento de Estado. Las personas con visas J-1 sujetos a la obligación de residencia en país de origen por dos años no se les permite cambiar su estatus a las categorías de visas H-1B o L-1. Al igual no se puede obtener la residencia permanente de Estados Unidos o solicitar una visa de prometida hasta cumplir con los dos años afuera o hasta obtener un perdón del requisito de dos años.</p>
<p>El gobierno de Estados Unidos puede renunciar requisito de dos años en ciertas situaciones:</p>
<ul>
<strong>A. Declaración de No Objeción</strong></p>
<p>Una persona con visa J-1 puede obtener una declaración oficial de su país de origen diciendo que el país de origen no se opone si el extranjero no vuelve a casa por dos años para compartir el entrenamiento que ha recibido en los EE.UU.</p>
<p><strong>B. Persecución</strong></p>
<p>Las personas que temen la persecución al regresar a sus países de origen por razón de su raza, religión, opinión política o membresía en un grupo social particular pueden solicitar un perdón del requisito de dos años basado de persecución. El estándar en estos casos es más alto que incluso con las solicitudes de asilo político. Para asilo, los solicitantes tienen que demuestran un &#8220;temor razonable&#8221; de la persecución, mientras los solicitantes para el perdón J-1 deben documentar con certeza que serían perseguidos al regresar.</p>
<p><strong>C. Dificultad excepcional a parientes</strong></p>
<p>Las personas con visas J-1 que tienen cónyuges o hijos que son ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes pueden solicitar perdón del requisito de dos años basado en el daño que sufriría su familia si tienen que estar afuera de los EEUU por dos años.</p>
<p><strong>D. Agencia Gubernamental o Departamento de Salud Pública Estatal Interesado</strong></p>
<p>Las personas con títulos médicos del extranjero con visas J-1 que se han comprometido a trabajar por tres años completos en un centro de atención de la salud en un área que ha sido designada como una escasez de médicos o en una agencia interesada del gobierno federal tales como el Departamento de Asuntos de Veteranos también pueden obtener un perdón del requisito de dos años.</ul>
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			</item>
		<item>
		<title>Visa L-1 para Empleados Transferidos Internacionalmente</title>
		<link>https://www.shipimmigration.com/es/visa-l-1-para-empleados-transferidos-internacionalmente/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Rose Hernandez]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 11 Aug 2015 19:07:12 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Visas Temporales del Trabajo]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La clasificación L-1 es para los empleados de empresas multinacionales que tienen operaciones en los EE.UU. y al menos un otro país para transferir y trabajar en este país. Las...<a href="https://www.shipimmigration.com/es/visa-l-1-para-empleados-transferidos-internacionalmente/" title="Visa L-1 para Empleados Transferidos Internacionalmente">read on <i class="fa fa-chevron-circle-right"></i></a></p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La clasificación L-1 es para los empleados de empresas multinacionales que tienen operaciones en los EE.UU. y al menos un otro país para transferir y trabajar en este país. Las visas L-1 son para los gerentes/ejecutivos y trabajadores del conocimiento especializado de compañías internacionales.  La clasificación también aplica a empresas que abren nuevas oficinas en los EE.UU. y que necesitan enviar empleados claves de la compañía para ayudar con el establecimiento de presencia comercial.  L-1 trabajadores de las empresas ya establecidas pueden ser admitidos hasta por tres años inicialmente y pueden extender su estancia hasta por dos años más para especialistas o hasta cuatro años en incrementos de dos años para los gerentes y ejecutivos. Los familiares pueden acompañar al principal L-1 en estatus L-2. Cónyuges L-2 son elegibles para solicitar autorización para trabajar en Estados Unidos.</p>
<p>Un empleador estadounidense dispuesto a contratar a un trabajador con visa L-1 debe tener una cierta relación con una empresa extranjera que es la organización padre, sucursal, subsidiaria o filial de la compañía estadounidense. El empleador también debe participar activamente (o documentar que va a participar si es una nueva empresa) en la provisión regular, sistemática y continua de los bienes y/o servicios en los Estados Unidos y al menos en un país extranjero.</p>
<p>Empresarios extranjeros o dueños de negocios extranjeros que deseen enviar a un especialista o un gerente/ejecutivo para abrir una nueva oficina y establecer presencia comercial en los Estados Unidos deben demostrar que hay suficientes locales comerciales para la nueva oficina, dependiendo del tipo de negocio que la nueva oficina en los Estados Unidos tendrá la capacidad para apoyar una posición ejecutiva o de cargo directivo dentro del año de la aprobación del caso, y que tendrá suficiente capacidad financiera para compensar al empleado y ser un negocio viable.</p>
<p>Las grandes empresas multinacionales pueden solicitar la &#8220;aprobación previa&#8221; de la relación corporativa requerida con someter una petición L Manta (o “L Blanket”). El extranjero todavía tiene que mostrar que califica individualmente, pero el proceso es sustancialmente acelerado por la pre-aprobación de la relación de las empresas. Peticiones “L Manta” típicamente son para las empresas multinacionales establecidas con al menos tres extranjeros afiliados, subsidiarios o sucursales y que han obtenido 10 aprobaciones L-1  durante el período de doce meses anterior o que tienen ventas anuales combinados de al menos 25 millones de dólares o que tienen por lo menos 1000 empleados en los Estados Unidos.</p>
<h2>A. L-1A Gerentes y Ejecutivos</h2>
<p>Empleados L-1A deben haber trabajado con una empresa calificada en el extranjero por lo menos uno de los tres años anteriores, ya sea en una capacidad ejecutiva/de gerencia o especialista, y la posición ofrecida en los Estados Unidos debe de ser de tipo ejecutivo o de gerencia. Bajo las leyes de inmigración de Estados Unidos, un ejecutivo se define como un empleado alto en la estructura de la compañía que por lo general tiene poderes de supervisión directa sobre el establecimiento y la aplicación de políticas corporativas y también tienen una amplia libertad para tomar decisiones. Los gerentes normalmente poseen la autoridad para supervisar el trabajo de los empleados subordinados profesionales y manejar un departamento, subdivisión, o incluso una función esencial de la organización en un nivel alto, sin la supervisión directa de nadie.</p>
<h2>B. L-1B Trabajadores de Conocimiento Especializado</h2>
<p>Trabajadores L-1B de conocimiento especializado deben haber sido empleados con una compañía calificada en el extranjero por lo menos por uno de los tres años anteriores, ya sea en una capacidad ejecutiva/de gerencia o especialista, y deben de ser empleados en los Estados Unidos en una posición que requiere conocimiento especializado. El conocimiento especializado se define como poseer conocimientos especiales del producto, servicio, investigación, equipo, técnicas de gerencia, u otros intereses de la organización y su aplicación en los mercados internacionales, o como tener un nivel avanzado de conocimiento o experiencia en los procesos y procedimientos de la organización. Las empresas con la intención de poner a los trabajadores especializados L-1B en sitios de compañías no afiliadas también están obligados a demostrar que seguirán controlando y supervisando el trabajador.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Visa O-1 para Personas de Habilidad Extraordinaria</title>
		<link>https://www.shipimmigration.com/es/visa-o-1-para-personas-de-habilidad-extraordinaria/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Rose Hernandez]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 11 Aug 2015 17:09:27 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Visas Temporales del Trabajo]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La visa O-1 es para las personas que posea habilidades extraordinarias en las ciencias, artes, educación, negocios o atletismo, o las personas que tienen una historia de demonstrar logros extraordinarios...<a href="https://www.shipimmigration.com/es/visa-o-1-para-personas-de-habilidad-extraordinaria/" title="Visa O-1 para Personas de Habilidad Extraordinaria">read on <i class="fa fa-chevron-circle-right"></i></a></p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La visa O-1 es para las personas que posea habilidades extraordinarias en las ciencias, artes, educación, negocios o atletismo, o las personas que tienen una historia de demonstrar logros extraordinarios en la industria del cine o la televisión y que han sido reconocidos a nivel nacional o internacional para éstos logros. Personal de apoyo que son parte integral de las actividades de alguien con una visa O-1, así como artistas o deportistas, pueden calificar para la visa O-2 para acompañar al principal O-1. </p>
<p>Se define extraordinaria capacidad en ciencia, educación, negocios o atletismo como un alto nivel de experiencia que muestra que el individuo se ha elevado a lo más alto de su área de esfuerzo. Se define habilidad extraordinaria en las artes como un alto nivel de logro comprobado por un grado de habilidad y reconocimiento sustancialmente por encima de lo normal en su área de esfuerzo. Las personas que solicitan clasificación O-1 deben presentar pruebas de haber recibido un premio internacional importante, así como el Premio Nobel, o de cumplir con al menos tres criterios alternativos tales como haber recibido algunos premios menores, reconocimiento significativo entre sus iguales en su área de esfuerzo, y material publicado acerca del solicitante. </p>
<p>Peticiones O-1 típicamente requieren una opinión consultiva por escrito de un grupo reconocido de profesionales en su área de esfuerzo o de una persona con experiencia en el área de esfuerzo.  Algunas peticiones O-1 también requieren un contrato entre el peticionario y el trabajador, incluyendo un itinerario. Trabajadores O-1 son admitidos inicialmente por un máximo de tres años y pueden renovar su estatus en incrementos de un año.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Visa P-1 para Atletas y Grupos de Entretenimiento</title>
		<link>https://www.shipimmigration.com/es/visa-p-1-para-atletas-y-grupos-de-entretenimiento/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Rose Hernandez]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 11 Aug 2015 15:10:44 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Visas Temporales del Trabajo]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La clasificación P-1 es para los atletas extranjeros o los miembros de grupos de entretenimiento que vienen para tomar parte en una competencia específica atlética de forma individual o como...<a href="https://www.shipimmigration.com/es/visa-p-1-para-atletas-y-grupos-de-entretenimiento/" title="Visa P-1 para Atletas y Grupos de Entretenimiento">read on <i class="fa fa-chevron-circle-right"></i></a></p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>La clasificación P-1 es para los atletas extranjeros o los miembros de grupos de entretenimiento que vienen para tomar parte en una competencia específica atlética de forma individual o como parte de un grupo o equipo, a un nivel internacionalmente reconocido de rendimiento, o como miembro de un grupo de entretenimiento que ha sido reconocido internacionalmente como extraordinario por un período sostenido y sustancial.  Trabajadores P-1 son admitidos hasta por un año y pueden renovar el estatus en incrementos de un año.</p>
<h2>A. P-1A Atleta Reconocido Internacionalmente</h2>
<p>Atletas individuales son elegibles para visas P-1A si vienen a participar en eventos individuales en los cuales están reconocidos internacionalmente con un alto nivel de logro.  Se demuestre el alto nivel de logro con un grado de habilidad y reconocimiento sustancialmente superior a lo normal en el área de esfuerzo. Los miembros del equipo atlético también son elegibles para visas P-1A si vienen a Estados Unidos para participar en eventos de equipo y si han logrado reconocimiento internacional substancial. Las personas que solicitan la clasificación P-1A deben presentar una opinión consultiva (carta de consulta) escrita por un sindicato apropiado, un contrato con una de las Grandes Ligas de los Estados Unidos, un equipo o un contrato individual, el itinerario, y evidencia de logros al nivel internacional.</p>
<h2>B. P-1B Miembro de Grupo de Entretenimiento Internacionalmente Reconocido</h2>
<p>Miembros de grupos de entretenimiento reconocidos internacionalmente pueden solicitar visas P-1B. El grupo de entretenimiento debe haber sido reconocido internacionalmente como excelente en su área de esfuerzo durante un periodo de tiempo sostenido. Con ciertas excepciones, al menos el 75 por ciento de los miembros del grupo también debe haber tenido una relación sustancial y sostenido con el grupo durante al menos un año. Casos de visa P-1B requieren una opinión consultiva (carta de consulta) escrita por un sindicato apropiado, un contrato entre el peticionario de los Estados Unidos y los miembros del grupo extranjero, el itinerario, evidencia que el grupo tiene por lo menos un año juntos y evidencia de nivel de logro reconocido internacionalmente.</p>
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		<title>Visa P-3 para Artistas Culturalmente Únicos</title>
		<link>https://www.shipimmigration.com/es/visa-p-3-para-artistas-culturalmente-unicos/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Rose Hernandez]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 11 Aug 2015 13:11:23 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Visas Temporales del Trabajo]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La clasificación P-3 es para las personas que vienen a los Estados Unidos para desarrollar, interpretar, representar, entrenar, o enseñar espectáculos y presentaciones artísticas que son únicos o tradicionales étnicamente...<a href="https://www.shipimmigration.com/es/visa-p-3-para-artistas-culturalmente-unicos/" title="Visa P-3 para Artistas Culturalmente Únicos">read on <i class="fa fa-chevron-circle-right"></i></a></p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La clasificación P-3 es para las personas que vienen a los Estados Unidos para desarrollar, interpretar, representar, entrenar, o enseñar espectáculos y presentaciones artísticas que son únicos o tradicionales étnicamente o culturalmente. El propósito de la visita P-3 debe ser para participar en una serie de eventos culturales que proporcionarán una mejor comprensión y/o desarrollo de la forma de arte del individuo. Los eventos culturales pueden ser comercial o no comercial. Casos P-3  de visas requieren una opinión consultiva (carta de consulta) escrita por un sindicato apropiado, un contrato entre el peticionario de Estados Unidos y el artista extranjero, el itinerario, y la evidencia de que el rendimiento del artista es culturalmente único. Trabajadores P-3 son admitidos hasta por un año y pueden renovar su estatus en incrementos de hasta un año.</p>
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