Representantes extranjeros de los medios de comunicación, que se emplean en la prensa, la radio, el cine, o de otros medios de información extranjera, y que vienen a Estados Unidos para trabajar como representantes de los medios pueden calificar para una visa I. El representante de los medios debe seguir manteniendo una oficina base en su país extranjero. Ocupaciones típicas representadas en esta categoría incluyen a periodistas, equipos de filmación, y editores de cine. Los cónyuges de titular de la visa pueden acompañar al individuo a los EE.UU., pero no son elegibles para solicitar la autorización de empleo.