La categoría EB-2 es reservada para los trabajadores profesionales con educación de nivel avanzado o con habilidades excepcionales. Los nacionales de la India y China cuyos casos se clasifican en la categoría EB-2 son sujetos actualmente a una larga lista de espera para visas de la residencia permanente.

A. Profesionales con educación de nivel avanzado

Los profesionales con educación de nivel avanzado poseen títulos de maestría o más, o el equivalente del extranjero, o un título de licenciatura más cinco años de experiencia post-universidad en el área de esfuerzo. El puesto también debe exigir como mínimo al menos una maestría o un título de licenciatura más cinco años de experiencia post- universidad. Esta categoría requiere una certificación laboral.

B. Trabajadores de habilidad excepcional

Los trabajadores con habilidad excepcional en las ciencias, artes o negocios, que se define como un grado de experiencia significativamente superior a lo normal en las ciencias, artes o negocios, también pueden ser elegibles para la clasificación EB-2. Trabajadores EB-2 de habilidad excepcional tienen que cumplir con al menos tres criterios, incluyendo posesión de un título oficial, por lo menos 10 años de experiencia, una licencia profesional, ganar un salario acorde con la capacidad excepcional, ser miembro de una asociación profesional, reconocimiento de sus iguales, u otra evidencia. Una solicitud de certificación laboral es necesario para esta categoría y el puesto ofrecido debe de requerir habilidad excepcional.

C. Interés Nacional

Algunos casos son de la categoría EB-2, pero no requieren la certificación laboral porque no sería en el interés nacional perder tiempo en ese proceso. Los quienes ganan casos de interés nacional con los solicitantes con habilidad excepcional y cuyo empleo en los Estados Unidos es de alcance nacional, de mérito sustancial intrínseco y de beneficio en gran medida al interés nacional. No es necesario contar con una oferta de trabajo y uno puede aplicar por su propia cuenta.

D. Anexo A – Enfermeras y Fisioterapeutas

La categoría de residencia permanente Anexo A es para enfermeras y fisioterapeutas. Las enfermeras y terapeutas físicos aparecen como ocupaciones de escasez y por lo tanto no necesitan pasar por el proceso de certificación laboral. Como resultado, las enfermeras y fisioterapeutas pueden obtener su residencia permanente muy rápidamente.